Nuestra institución Mediavanza estuvo presente el pasado día viernes 17 de abril de 2026 en el Congreso de los Diputados, junto al resto de entidades colaboradoras, en una jornada promovida por FAPROMED y ASIMEDIA. Agradecemos la oportunidad de haber brindado nuestro apoyo para sumar esfuerzos en esta noble causa que es trabajar siempre por y para el beneficio de los menores en los procedimientos de familia. 
En la jornada se pasó balance al primer año de la LO 1/25, como moderadora intervino Raquel Guerrero Cano, vicepresidenta de FAPROMED, y contamos con la participación de Dª Estrella García Cuines, Vocal de Mediación de Colegio de Psicología de Andalucía Oriental, COPAO; Dª Marta Cánovas de la Asociación de Mediación, Procesos y Prácticas Restaurativas, Mediativa, de Murcia y Dª María Dolores Martínez-Mena, Abogada y Mediadora de Elche.
A continuación se trasladó a los políticos presentes la preocupación por los proyectos de ley para modificar el artículo 5 de la LO 1/2025, de 2 de enero, de Medidas en materia de Eficiencia del Servicio Público de Justicia.
Las intervenciones fueron moderadas por la Dra. Urbania Rondón, presidenta FAPROMED. Como ponentes, D. Luis Cano de la Asociación de Profesionales de la Mediación de Cataluña, ACDMA; Dª Inmaculada Gabaldón abogada y mediadora del Espacio Confluere y la Dra. Mari Luz Sánchez García-Arista, Psicóloga y Mediadora, Asimedia, Madrid.
La intervención de los políticos fue moderada por D. Ramón Jesús Vilalta Suárez, del Consejo General de la Psicología de España.
Se proyectó el cortometraje de la productora española Yolanda Centeno, Imposible Decirte Adiós”, https://harryrules.com/movies/imposibledecirteadios/ y escuchamos la intervención de los políticos.
En definitiva, la LO que se pretende reformar no hace más que ahorrar tiempo de solución de controversias, la persona mediadora tiene herramientas para pacificar los conflictos y acercar las posiciones de las partes; para facilitar el consenso de los cónyuges y la protección de los menores de edad, tan sensibles a las discrepancias de sus progenitores.
Entendemos que sería un enorme error, difícilmente reparable, discriminar la Mediación Familiar con menores de edad (incluida ya en casi todas las legislaciones autonómicas), apartándola del requisito de procedibilidad previsto para todos los procesos declarativos del libro II y de los procesos especiales del Libro IV de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Termino con una frase de mi amigo y magistrado jubilado José Luis Utrera: “Mediadores y juristas están condenados a entenderse en el ámbito de la Mediación intrajudicial, pues solo desde la colaboración entre ambos colectivos profesionales puede consolidarse esta nueva forma de gestionar los conflictos judicializados que tan beneficiosa es para la ciudadanía”.






